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La Fundación CCOF apoya a las explotaciones lácteas con ayudas para la agricultura ecológica de riesgo

por Larissa Hernández |

El Bricmont Hardship Assistance Fund ofrece ayuda financiera directa a los productores orgánicos que han sufrido una catástrofe. En 2022, nos hemos asociado con el Departamento de Alimentación y Agricultura de California (CDFA) para administrar subvenciones adicionales de ayuda por sequía específicamente para los productores lácteos de California.

Si usted -o un productor lácteo orgánico que conozca haya pasado por dificultades económicas durante el año civil 2022, le animamos a que solicite ayuda financiera a través del Fondo Bricmont de Ayuda por Dificultades Económicas. Actualmente estamos aceptando aplicacionesy la fecha límite es el 9 de diciembre de 2022 a mediodía.

En todo el país, los agricultores están experimentando graves desafíos debido a la pandemia de COVID-19, los patrones climáticos extremos, el aumento de la duración y el número de desastres naturales, y las pérdidas financieras. Ahora más que nunca, los productores orgánicos necesitan acceso a ayuda financiera inmediata y a largo plazo para prepararse y recuperarse de los desastres naturales y las pérdidas económicas. Este ciclo de subvenciones se centra en apoyar a los ganaderos lecheros de California afectados por la sequía. 

Solicitar ayuda financiera es fácil: basta con complete nuestra solicitud en línea antes del mediodía del 9 de diciembre de 2022. Se requiere documentación de su pérdida económica y la certificación orgánica actual. Los premios se basarán en la necesidad y los fondos disponibles. Se dará prioridad a los productores lecheros socialmente desfavorecidos (como se describe en el Informe de Equidad del Agricultor del CDFA*). 

Criterios de admisibilidad

Los solicitantes del Fondo lácteo de ayuda por dificultades de Bricmont deben 

  • ser una explotación lechera orgánica certificada en regla; 
  • tener su sede en California;
  • presentar un certificado orgánico válido;
  • demostrar las graves pérdidas económicas experimentadas en el año civil en curso; 
  • enviar una descripción completa de las dificultades sufridas;
  • para enviar justificantes y documentación financiera de las pérdidas derivadas de la dificultad;
  • en caso de adjudicación, se comprometen a enviar un informe final 12 meses después de la adjudicación. 

Los gastos subvencionables son, entre otros, los siguientes

  • aumento del coste de los piensos
  • disminución de los pastos
  • reducción del rebaño (describir la capacidad de producción anterior y la actual)
  • coste del transporte de agua para el ganado
  • aumento de las facturas de electricidad de 50% o más debido al aumento de las tarifas eléctricas
  • costes de las aguas superficiales si aumentan con respecto al año anterior,
  • bajar las bombas de los pozos agrícolas si se pierde una fuente primaria de agua
  • mejoras de emergencia del sistema de riego (junto con la conservación) si no están cubiertas por los programas OEFI del CDFA o los programas del USDA y para otras situaciones de emergencia.
  • disminución del rendimiento de los cultivos/pérdida de cosechas debido a la menor disponibilidad de agua o a tener que dejar las tierras en barbecho
  • perforación de nuevos pozos o reparación de pozos existentes si es la única fuente de agua para la explotación. Para poder optar a la subvención, el solicitante debe presentar una verificación por escrito de una Agencia de Sostenibilidad de las Aguas Subterráneas que gestione la cuenca o la zona de la cuenca en la que esté situado o se proponga situar el pozo, en la que se apruebe la acción, de conformidad con la Orden ejecutiva N-7-22.

Los importes de las subvenciones oscilan entre $5.000 y $20.000 para paliar la sequía en el sector lácteo.

Las solicitudes deben completarse en línea antes del mediodía (PDT) del 9 de diciembre de 2022. No se tendrán en cuenta las solicitudes incompletas o recibidas después de esta fecha. 

SOLICITAR AHORA 

Para más información o ayuda, póngase en contacto con Larissa Hernandez en lhernandez@ccof.org o (831) 346-6324.

*Definición del CDFA de grupos socialmente desfavorecidos: "La AB 1348 establece que un agricultor o ganadero socialmente desfavorecido es un agricultor o ganadero miembro de un grupo socialmente desfavorecido. Por 'grupo socialmente desfavorecido' se entiende un grupo cuyos miembros han sido objeto de discriminación racial, étnica o de género. Entre estos grupos se incluyen los siguientes: Afroamericanos, indios americanos, nativos de Alaska, hispanos, asiáticos americanos, nativos de Hawai e isleños del Pacífico, mujeres agricultoras y ganaderas de color".