A principios de este año, el Programa Nacional Orgánico publicó una norma final que renovaba más de 200 sustancias de la Lista Nacional de Sustancias Permitidas y Prohibidas que estaban programadas para expirar este año. La norma también introdujo cambios en las sustancias que se indican a continuación. CCOF ha contactado directamente a los clientes afectados; sin embargo, si usted utiliza cualquiera de los materiales indicados a continuación y tiene preguntas adicionales, por favor contáctenos.
Materiales para la producción de cultivos
(Sección 205.601 de la Lista Nacional)
Materiales clorados u2013 En vigor desde el 27 de junio de 2012: Para uso previo a la cosecha, los niveles de cloro residual en el agua en contacto directo con el cultivo, o como agua de limpieza de sistemas de riego aplicada al suelo no deben exceder el límite máximo de desinfectante residual bajo la Ley de Agua Potable Segura (4ppm). Los productos clorados pueden utilizarse en la producción de brotes comestibles de acuerdo con las instrucciones de la etiqueta de la EPA.
Sulfonato de lignina - En vigor desde el 27 de junio de 2012: Lista duplicada eliminada. Sigue autorizado como enmienda del suelo (quelante, supresor del polvo) y como agente flotante poscosecha.
Estreptomicina y tetraciclina - En vigor el 27 de junio y el 3 de agosto de 2012, respectivamente: La autorización para controlar las infecciones en los huertos ecológicos de manzanas y peras se ha ampliado hasta el 21 de octubre de 2014.
Dióxido de azufre - A partir del 21 de octubre de 2012: El dióxido de azufre (bombas de humo) ya no será permitido para el control de roedores en la producción de cultivos orgánicos. El único rodenticida sintético permitido después del 21 de octubre de 2012 es la vitamina D3 (colecalciferol).
Materiales para la producción ganadera
(Sección 205.603 de la Lista Nacional)
Ácido fórmico - En vigor desde el 3 de agosto de 2012: Las explotaciones apícolas podrán utilizar ácido fórmico como plaguicida únicamente dentro de las colmenas de abejas melíferas.
Procesador/manipulador de materiales
(Lista Nacional, secciones 205.605, 205.606)
Lecitina - En vigor desde el 15 de marzo de 2012: Debe utilizar lecitina ecológica en sus productos ecológicos. Se puede utilizar lecitina no ecológica si la lecitina ecológica no está disponible en el mercado.
Colores - En vigor desde el 27 de junio de 2012: Debe utilizar colorantes ecológicos en sus productos ecológicos. Los colorantes no ecológicos producidos sin disolventes sintéticos ni sistemas portadores, y sin conservantes artificiales, pueden utilizarse si los colorantes ecológicos no están disponibles en el mercado.
Pectina - En vigor desde el 27 de junio de 2012: Debe utilizar pectina ecológica en sus productos ecológicos. Se puede utilizar pectina no orgánica no amidada si la pectina orgánica no está disponible comercialmente.
Levadura - En vigor desde el 21 de octubre de 2012: Debe utilizar levadura ecológica en sus productos ecológicos. Se puede utilizar levadura no ecológica si la levadura ecológica no está disponible comercialmente. (Este listado NO requiere el uso de levadura ecológica para la alimentación del ganado).
Attapulgita - En vigor desde el 3 de agosto de 2012: Puede utilizar atapulgita no sintética como coadyuvante tecnológico para la purificación de aceites vegetales y animales.
Lúpulo - A partir del 1 de enero de 2013: Debe utilizar lúpulo ecológico en sus productos ecológicos. Después del 1 de enero de 2013, no podrá utilizar lúpulo no ecológico en ningún producto ecológico, como la cerveza.